DERECHOS Y DEBERES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
EMPLEADOR
Derechos
* A recibir orientación por parte de las administradoras de riesgos laborales sobre la prevención y evaluación de los riesgos, recibiendo recomendaciones que controlen o eliminen el factor de riesgo.
* A recibir por parte de las ARL asesoría para los programas de medicina laboral, seguridad e higiene industrial y seguridad y salud en el trabajo sin ninguna discriminación, preferencia de número de trabajadores o cotización de la empresa.
Deberes
* El pago total de la cotización de los trabajadores a su servicio.
* Trasladar el monto de las cotizaciones a la entidad ARL correspondiente, dentro de los plazos indicados.
* Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores y de los ambientes de trabajo.
* Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del Programa de Salud Ocupacional de la empresa y procurar su financiación.
* Notificar a la ARL los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.
* Facilitar los espacios y tiempos para la capacitación de los trabajadores a su cargo en materia de salud ocupacional y para adelantar los programas de promoción y prevención a cargo de las Administradoras de Riesgos Laborales.
* Informar a la entidad administradora de riesgos profesionales a la que esta afiliado, las novedades laborales de sus trabajadores, incluido el nivel de ingreso y sus cambios, las vinculaciones y retiros.
* Rehabilitación física y profesional.
Derechos
* Contratar o conformar equipos de prevención de riesgos profesionales.
Deberes
* Vigilancia y control a sus empresas afiliadas.